La sucesión intestada, es un documento por el juez o por el notario en el que podemos ser declarados herederos cuando una persona fallece sin dejar testamento. Este trámite también es conocido como declaratoria de herederos.
El solicitante (solo el firma) y los demás herederos.
El fallecido.
INMUEBLES: Copia literal actualizada.
VEHÍCULOS: Boleta informativa o tarjeta de propiedad.
De defunción.
De nacimiento de los herederos.
De matrimonio (en caso de cónyuge viva).
Certificados negativos: sucesión intestada, testamento, etc.
La solicitud debe ser dirigida a la Notaria de la provincia donde vivió el causante.
Las partidas deben tener una antigüedad menor de 3 meses.
Las partidas emitidas por la Municipalidad de provincia deberán ser certificadas por RENIEC.
Las partidas del extranjero, deberán contar con traducción oficial de venir de otro idioma, y ser apostilladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Verificar la vigencia del DNI que cuente con las constancias de votación.
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